«FONDO SOLIDARIDAD CARREFOUR»
La Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER) renueva la Convocatoria de Ayudas destinada a dotar de los recursos necesarios a menores y jóvenes de hasta 21 años con enfermedades poco frecuentes o sin diagnosticar (EPF O SD) para su desarrollo personal en igualdad de condiciones.
Los menores con enfermedades poco frecuentes o sin diagnostico requieren de productos de apoyo, ayudas técnicas y materiales, que quedan fuera del sistema sanitario o cuya cobertura por la Seguridad Social no responde a la urgencia y necesidad con la que pueden llegar a encontrarse muchas familias. La presente convocatoria tiene por objeto el apoyo a las familias ofreciendo el préstamo de productos de apoyo y ayudas técnicas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad
Se pone en marcha así, el BANCO DE PRÉSTAMO para menores con EPF o SD de productos de apoyo.
Al ser en calidad de 'préstamo', en la medida que los menores dejen de necesitar dichas ayudas éstas podrán serán destinadas a una nueva familia que lo necesite.
IMPORTE DEL FONDO Y BENEFICIARIOS
FEDER presenta la Convocatoria de Ayudas que se ha generado con los beneficios obtenidos por la venta del producto “Orejotas” en los centros Carrefour de toda España
El Fondo Total de Ayudas será definitivo en el mes de Julio, mes en el que informaremos a través de las presentes bases de la cuantía final que se distribuirán en forma de productos de apoyo.
Podrán presentarse tanto solicitudes de menores que pertenezcan a entidades miembros de FEDER como solicitudes de menores sin entidad de referencia (siempre que ésta no exista). Se tendrán en cuenta solicitudes de menores de 21 años. Sólo se podrán solicitar productos de apoyos.
PLAZOS
Plazo de solicitud: del 01/07/2017 al 31/07/2017
Plazo de subsanación: Del 31/07/2017 al 15/09/2017
Fecha prevista de resolución: Mes de Noviembre de 2017
Plazo de adquisición del producto comprendido entre el 01/11/2017 y el 28/02/2018.
Plazo de justificación técnica: Del 1 al 30 de abril de 2018.
Una vez finalizados los plazos establecidos, no se podrá recibir ningún documento, teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la documentación requerida será causa de baja del expediente sin más trámite.
1 BASES DE CONVOCATORIA
FEDER publica dos modalidades en función del tipo de solicitante:
Modalidad 1 : Dirigida a menores de 21 años, que pertenezcan a entidades miembros de FEDER. Las entidades propondrán un listado de solicitantes que cumplan con los requisitos de la convocatoria, siendo responsable junto con la familia en la tramitación de la solicitud, seguimiento de la justificación así como el cierre de la misma, velando por el buen fin de la ayuda.
Modalidad 2 : Dirigida a menores de 21 años sin entidad de referencia. La tramitación la realizará directamente la familia.
Modalidad 1: Ayudas individuales a menores que pertenecen a entidades miembros de FEDER
1.- SOLICITUDES:
Las solicitudes de ayudas individuales están dirigidas a menores de 21 años afectados por enfermedades poco frecuentes que pertenecen a entidades miembros de FEDER.
Las entidades propondrán un listado de solicitantes que cumplan con los requisitos de la convocatoria. Por tanto, la entidad, deberá ser la responsable de la gestión de solicitud, tramitación y justificación del apoyo. Así mismo, la entidad tendrá que aportar la documentación solicitada de forma original por correo postal y en los plazos indicados de las familias que resulten beneficiarias,
Las ayudas estarán destinadas a cubrir la necesidad del menor en concepto de préstamo:
Productos ortopédicos y orto protésicos
Productos de Apoyo.
Para solicitar la ayuda, será necesario rellenar el siguiente formulario online: pincha aquí
Prestando atención a las casillas referentes a los datos económicos los cuales habrán de coincidir con las correspondientes casillas de la declaración de la renta donde se indique el rendimiento neto en función de la situación del solicitante.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD:
1. Formulario de solicitud online
a. Anexo I de protección de datos personales
2
b. Declaraciones de Renta de todos los miembros obligados a declarar en una misma unidad familiar.
c. DNI, NIE
Será ANULADA la solicitud sin más trámite cuyos datos no coincidieran con la documentación aportada.
2.- IMPORTES DE LAS AYUDAS Y COMITÉ EVALUADOR:
El importe del producto no superará el valor de 1.500 € por menor aunque se concederán ayudas de importe superior cuando la situación de emergencia social y/o necesidad del menor por sus características, así lo requiera.
Cobrarán especial relevancia los criterios de urgencia y necesidad socio-económica pero también se tendrá en cuenta la idoneidad del producto ajustado a la necesidad y características del menor. El Comité Evaluador estará formado:
- Un profesional en Terapia ocupacional
- Un médico Rehabilitador de Centro de valoración de discapacidad - Técnicos de FEDER
Las ayudas concedidas se fijarán atendiendo a la puntuación obtenida tras la valoración por parte de un Comité Técnico anteriormente citado.
3.- REQUISITOS
Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser menor de 21 años afectado por una enfermedad poco frecuente o sin diagnosticar
- Residir en territorio español, adjuntando en el momento de la solicitud certificado de empadronamiento.
- Disponer preferentemente de Ingresos familiares netos inferiores a 30.000€. Aportando en el momento de la solicitud tantas declaraciones de renta como miembros obligados en una misma unidad familiar.
- Pertener a entidad de referencia.
4.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA
La solicitud quedará completa cuando se haya remitido el formulario online y documentos adjuntos requeridos.
Una vez se publique la resolución, aquellas personas que resulten beneficiarias de la ayuda deberán remitir los documentos exigidos de forma original por correo postal a la dirección siguiente:
3 DOCUMENTACIÓN:
FEDER
CL. Alberto Durero, no 1 Local D 41018. Sevilla
A/A. Dpto. de Convocatorias
1. En el caso de que resulten beneficiarios:
a. Compromiso de devolución cuando haya finalizado la necesidad
5.-EVALUACIÓN:
Los criterios generales de evaluación de solicitudes individuales serán los siguientes:
Urgente necesidad socio económica familiar : hasta 10 ptos
Idoneidad del producto ajustado a la necesidad y características del menor. Hasta 5 ptos
La puntuación mínima exigida para optar a la ayuda será de 7 puntos. Entrando a formar parte
de una lista de espera aquellas solicitudes que, cumpliendo el mínimo exigido, no hubieren resultado beneficiarias en primera resolución.
Así mismo la familia firmará un compromiso de devolución del Producto cuando las circunstancias del menor hayan cambiado y no requiera del mismo. Los Productos formarán parte del Banco de Recursos de FEDER e irán destinados a cubrir las necesidades de otros menores que cumplan los mismos requisitos anteriormente citados.
Modalidad 2: Ayudas individuales a menores sin entidad de referencia:
1.- SOLICITUDES:
Las solicitudes de ayudas individuales están dirigidas a menores de 21 años afectados por enfermedades poco frecuentes o sin diagnóstico sin entidad de referencia.
Los solicitantes deberán cumplimentar el formulario de solicitud online y en caso de resultar beneficiarios, aportar la documentación complementaria.
Las ayudas estarán destinadas a cubrir:
Productos ortopédicos y ortoprotésicos
Productos de Apoyo
4 La familia del menor solicitante será responsable del envío de la solicitud, así como de toda la gestión del proceso. Serán excluidas todas aquellas solicitudes que no sean relativas a productos de apoyo.
https://encuestas.enfermedades-raras.org/index.php/481977?lang=es
Para solicitar la ayuda, será necesario rellenar el siguiente formulario online.
Prestando atención a las casillas referentes a los datos económicos los cuales habrán de coincidir con las correspondientes casillas de la declaración de la renta donde se indique el rendimiento neto en función de la situación del solicitante.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD:
1. Formulario de solicitud online
a. Anexo I de protección de datos personales
b. Declaraciones de Renta de todos los miembros obligados a declarar en una
misma unidad familiar. c. DNI, NIE
Será ANULADA la solicitud sin más trámite cuyos datos no coincidieran con la documentación aportada.
2.- IMPORTES DE LAS AYUDAS Y COMITÉ EVALUADOR:
El importe del producto no superará el valor de 1.500 € por menor aunque se concederán ayudas de importe superior cuando la situación de emergencia social y/o necesidad del menor por sus características, así lo requiera.
Cobrarán especial relevancia los criterios de urgencia y necesidad socio-económica pero también se tendrá en cuenta la idoneidad del producto ajustado a la necesidad y características del menor. El Comité Evaluador estará formado:
- Un profesional en Terapia ocupacional
- Un médico Rehabilitador de Centro de valoración de discapacidad - Técnicos de FEDER
Las ayudas concedidas se fijarán atendiendo a la puntuación obtenida tras la valoración por parte de un Comité Técnico anteriormente citado.
3.- REQUISITOS
Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser menor de 21 años afectado por una enfermedad poco frecuente o sin diagnosticar
- Residir en territorio español, adjuntando en el momento de la solicitud certificado de empadronamiento.
- Disponer preferentemente de Ingresos familiares netos inferiores a 30.000€. Aportando en el momento de la solicitud tantas declaraciones de renta como miembros obligados en una misma unidad familiar.
4.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
Una vez se publique la resolución, aquellas personas que resulten beneficiarias de la ayuda deberán remitir los documentos exigidos forma original por correo postal a la dirección siguiente:
FEDER C. Alberto Durero, no 1 Local D - 41018. Sevilla - A/A. Dpto. de Convocatorias
DOCUMENTACIÓN:
1. En el caso de que resulten beneficiarios:
a. Compromiso de devolución cuando haya finalizado la necesidad
5.-EVALUACIÓN:
Los criterios generales de evaluación de solicitudes individuales serán los siguientes:
Urgente necesidad socio económica familiar : hasta 10 ptos
Idoneidad del producto ajustado a la necesidad y características del menor. Hasta 5 ptos
La puntuación mínima exigida para optar a la ayuda será de 7 puntos. Entrando a formar parte de una lista de espera aquellas solicitudes que, cumpliendo el mínimo exigido, no hubieren resultado beneficiarias en primera resolución.
RESOLUCIÓN AYUDAS 2017-2018. BANCO DE PRÉSTAMO “OREJOTAS”
- Modalidad 1 : Ayudas individuales agrupadas por asociación:
Una vez revisada la solicitud se comunicará a la persona solicitante y a su entidad de referencia por correo electrónico la concesión o la no concesión del producto, mediante una resolución irrecurrible. Dicha resolución se entenderá por aceptada y sus bases y Así mismo la familia firmará un compromiso de devolución del Producto cuando las circunstancias del menor hayan cambiado y no requiera del mismo. Los Productos formarán parte del Banco de Recursos de FEDER e irán destinados a cubrir las necesidades de otros menores que cumplan los mismos requisitos de idoneidad.
6 normas de justificación si en el plazo de 15 días desde el envío de la resolución por
correo electrónico, no se recibe notificación en contra a la misma.
- Modalidad 2 : Ayudas individuales a menores sin entidad de referencia :
Una vez revisada la solicitud se comunicará a la persona solicitante por correo electrónico la concesión total o parcial, o la no concesión, mediante una resolución irrecurrible. Dicha resolución se entenderá por aceptada si en el plazo de 15 días desde el envío de la resolución por correo electrónico, no se recibe notificación en contra de la resolución.
La Asociación y el solicitante en su caso, recibirán una resolución donde se especificará con detalle los beneficiarios del producto adquirido en concepto de préstamo, así como su publicación en los medios de FEDER.
Asimismo en la resolución se establecerán los mecanismos de seguimiento y evaluación de la aplicación de la ayuda, así como la presentación de informes y los compromisos que se adquieren.
Las personas y entidades beneficiarias de las ayudas podrán renunciar en cualquier momento comunicándolo por escrito. FEDER podrá solicitar la devolución de la ayuda del producto ya sea por la inobservancia de cualquier otra condición impuesta por motivo de la concesión de la ayuda o por haber obtenido la financiación requerida por medio de otras fuentes de financiación.
Cualquier modificación a las condiciones resueltas podrán ser valoradas previa presentación de la solicitud y siempre y cuando se realice dentro del período de ejecución.
Para los solicitantes que no hayan sido beneficiarios, se establecerá un listado de espera por orden de urgencia socio económica que podrá ser incluido en el listado de beneficiarios en caso de renuncia de alguno de éstos.
Además, FEDER se reserva el derecho a solicitar la devolución de la ayuda por los cauces legales establecidos para ello.
Igualmente, y en caso de observar cualquier comportamiento lesivo o cualquier conducta ilegal por parte del solicitante, se procederá a la anulación automática de la solicitud, así como a la devolución de las cantidades entregadas y todo ello sin perjuicio del establecimiento de las acciones legales oportunas.
FEDER se reserva la facultad de solicitar cualquier tipo de información complementaria en cualquier momento respecto de la evolución y desarrollo de la ayuda financiada, comprometiéndose la receptora a suministrar dicha información en plazo no superior a 10 días naturales.
DIVULGACIÓN DE LAS AYUDAS
7 FEDER y Fundación Solidaridad Carrefour podrán informar sobre las ayudas concedidas en sus diferentes canales de divulgación. Todo ello, en estricto cumplimiento de la normativa vigente de Protección de Datos personales.
Las publicaciones y notas de prensa que se emitan de las ayudas de la presente convocatoria tendrán que contar con la aprobación previa tanto de FEDER como de Solidaridad Carrefour Fundación. En ellas, salvo indicación en sentido contrario, se deberá hacer referencia a la colaboración de ambas entidades al tiempo que se incluirán los correspondientes logos.
ENVÍO DE SOLICITUDES:
La presentación de cualquier solicitud de ayuda supone la aceptación implícita de las presentes bases. FEDER se reserva, no obstante, el derecho a modificar las mismas, en cuyo caso lo advertirá con la debida antelación y, en todo caso, asegurando su cumplimiento a los posibles optantes.
Las entidades interesadas deberán enviar sus solicitudes vía formulario electrónico entrando en los enlaces que FEDER pone a disposición en estas bases así como la información complementaria que se detalla.
Datos y contacto de la Convocatoria Fondo Carrefour:
Gestión Asociativa de FEDER
Convocatoria Fondo Carrefour – “Orejotas” Dirección: Calle Alberto
Durero, 1 Local D - (41018) Sevilla
Email: bancodeprestamo@enfermedades-raras.org
- Teléfono: 954 98 98 92
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